Mantenida por: |
Australia |
Planteada por: |
Nueva Zelandia |
Respaldado por: |
Chile; Estados Unidos de América; Unión Europea |
Planteada por primera vez en: |
junio 2005 G/SPS/R/37/Rev.1 (EN), paras. 13-15; G/SPS/R/37 (FR, ES), paras. 13-15
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Planteada posteriormente en: |
octubre 2005 (G/SPS/R/39 paras. 61-65)
marzo 2006 (G/SPS/R/40 paras. 38-40)
junio 2006 (G/SPS/R/42 paras. 32-34)
octubre 2006 (G/SPS/R/43 paras. 30-32)
febrero 2007 (G/SPS/R/44 paras. 21-24)
junio 2007 (G/SPS/R/45 paras. 28-30)
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Número de veces posteriormente presentada: |
6 |
Documentos pertinentes: |
G/SPS/GEN/796 WT/DS367/1; WT/DS367/5; WT/DS367/R; WT/DS367/AB/R; WT/DS367/21; RD/SPS/114
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Productos abarcados: |
0808 Manzanas, peras y membrillos, frescos.
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Palabra clave (tema) principal : |
Sanidad vegetal |
Palabras claves: |
Buenos oficios/Consultas/Solución de diferencias; Sanidad vegetal; Evaluación del riesgo; Testimonios científicos suficientes; Demoras indebidas |
Situación: |
Resuelta
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Solución: |
Solución de diferencias DS367. Consultas solicitadas el 31 de agosto de 2007 (WT/DS367/1). Establecimiento de un Grupo Especial solicitado el 6 de diciembre de 2007 (WT/DS367/5). Grupo Especial establecido el 21 de enero de 2008. Informe del Órgano de Apelación (WT/DS367/AB/R) e informe del Grupo Especial (WT/DS367/R) adoptados el 17 de diciembre de 2010. El plazo prudencial para la aplicación expiró el 17 de agosto de 2011. Aplicación notificada por el demandado el 2 de septiembre de 2011. Procedimiento acordado (acuerdo sobre la secuencia) notificado el 13 de septiembre de 2011 (WT/DS367/21).
En noviembre de 2020, Nueva Zelandia informó de la resolución de esta preocupación comercial específica (RD/SPS/114, 29 de octubre de 2020). |
Fecha en que se comunicó su resolución: |
05/11/2020 |