Chile comunica que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), ha emitido Resolución N° 7.186/2020 que establece medida provisional para el cumplimiento de la exigencia del resuelvo 3 de la resolución 2.756 de 2018, la cual norma requisitos fitosanitarios de importación para frutos frescos de arándano (Vaccinium spp.) desde Perú a Chile, con tratamiento de fumigación con bromuro de metilo o tratamiento de frío, a consecuencia de la emergencia sanitaria causada por la COVID-19, y que ha imposibilitado, hasta ahora, llevar a cabo cometidos al extranjero con el fin de realizar las correspondientes verificaciones in situ a nuevos participantes del programa de exportación a Chile.
Esta medida provisional abarcará, exclusivamente, la temporada 2020-2021, comprendida entre el 01 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021.
El resto de los lineamientos especificados en la Resolución 2.756 de 2018 no son modificados por la presente regulación.
Para mayor detalle revisar la resolución 7.186/2020, adjunta a esta notificación.